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La marca de una empresa evoluciona: el restyling

02/11/23 | Marcas

Laia es diseñadora de moda con tienda propia en el Penedès. Ahora que el negocio vuelve a funcionar después del parón por el Covid, ha decidido hacer un restyling de su marca. Han pasado 15 años y considera que ha quedado desfasada. Ha contratado los servicios de un diseñador gráfico para hacer un nuevo logo, pero conservando la esencia del original que tiene registrado como marca.

¿En este caso es necesario que Laia solicite una nueva marca? Pues depende. No sería necesario un nuevo registro si las modificaciones que se realizan no alteran el «carácter distintivo» de la marca inicial.

¿Pero qué es el «carácter distintivo» de una marca? Es la capacidad que tiene una marca por sí misma de hacer distinguir los productos y/o servicios de una empresa respecto a otra. Esta capacidad viene dada, entre otros, por los componentes gráficos, fonéticos y/o conceptuales que componen el elemento dominante y caracterizador del signo.

Cuando se hace un restyling no debe modificarse sustancialmente el elemento dominante (o caracterizador) de la marca porque si así fuera estaríamos hablando de la construcción de una marca nueva. Para evitar esto, es importante que el nuevo signo creado provoque en el consumidor la misma sensación que producía el anterior.

Una pregunta que siempre me hacen los clientes, si pueden modificar en la Oficina Española de Patentes y Marcas el logo y/o alguna palabra de la marca que ya tienen registrada: La respuesta es NO. No se pueden hacer modificaciones, sólo existe la opción de hacer un registro nuevo.

En todo caso, es importante indicar que las marcas deben utilizarse tal y como están registradas, porque si la marca registrada y la realmente utilizada, surgida del restyling, no son equivalentes nos arriesgamos a que sea caducada la primera por falta de uso. Además, de dejar sin protección la que realmente se está utilizando.

Por tanto es recomendable realizar auditorías periódicas que determinen el uso real y efectivo que se está haciendo de las marcas, por si es necesario realizar nuevos registros y valorar si abandonar o mantener aquellos que ya no se utilizan.

Las marcas son activos intangibles de una empresa y están vivas. No pueden quedar olvidadas en un cajón y mucho menos si ese derecho exclusivo que otorga el registro de marca puede hacerse valer frente a terceros que utilicen un signo idéntico o similar en el mercado.

Penedès Econòmic – Marzo 2022